Resumen: Despido colectivo. La AN estima la demanda y y declara la nulidad del despido colectivo acordado por la empresa, pues ésta no se ajustó en su actuación durante el período de consultas a las obligaciones legales que le incumbían ni tampoco a la buena fe que debe presidir la negociación con la parte social. La documentación aportada por la empresa y la falta de entrega de otra requerida por los sindicatos hacen imposible una negociación en condiciones adecuadas para alcanzar una solución pactada que es la finalidad del periodo de consultas. La parte social no puede decidir si la medida adoptada por la empresa es procedente o no pues carece de los elementos de juicio necesarios para tomar esa decisión.
Resumen: CONDUCCIÓN SIN LICENCIA O PERMISO (L.O. 15/2007)
Resumen: QUEBRANT.CONDENA O MED.CAUTELAR (TOD.SUPUESTOS)